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Nuestro despacho de abogados cuenta con profesionales altamente especializados tanto en la defensa de personas que han sido acusadas por un delito de robo como en la acusación por un delito de robo.

Robos | Granada | Torres Collados ABOGADOS

¿Qué es un delito de robo?

El delito de robo está contemplado como tal en el Código Penal. Robar, desde el punto de vista del Código Penal, consiste en apoderarse, utilizando la fuerza, de cosas ajenas con la intención de lucrarse de forma ilícita.

Diferencia entre robo y hurto

La única diferencia entre el robo y el hurto es la utilización de la fuerza. Es decir, que para que haya delito de robo, la persona que comete el delito tiene que haber utilizado la fuerza para arrebatar el objeto robado a su legítimo dueño.

Robo con fuerza

El robo con fuerza en las cosas consiste en utilizar la fuerza para acceder al objeto robado. Por ejemplo, sí sería un robo con fuerza en las cosas si alguien rompe la cerradura para acceder al interior de un local para robar.

En concreto, se considera utilización de la fuerza:

La utilización de cualquier otro tipo de fuerza que no esté entre los elementos tipificados anteriormente no se considera un delito de robo con fuerza en las cosas.

No se considera robo con fuerza en las cosas si la fuerza se utiliza para huir del lugar donde se ha cometido el crimen en lugar de para acceder al mismo.

Tampoco se considera un delito de robo si la fuerza se ejerce sobre el objeto sustraído. Por ejemplo, se considera un hurto, no un robo, romper el candado de una bicicleta o de una moto para sustraerla.

No es necesario que se ejerza una gran fuerza para robar, basta con ejercer una fuerza necesaria, que puede variar según el caso.

No se considera robo con fuerza si la fuerza se ejerce mientras el culpable del delito está huyendo del lugar del crimen, ya que sería una fuerza posterior a la sustracción.

Los daños ocasionados para acceder al interior de la vivienda o del local están contemplados dentro del propio delito de robo, no constituyen un delito aparte.

Robo con violencia

El robo con violencia o intimidación en las personas consiste en utilizar la fuerza física para robar a alguien o bien intimidar a otra persona. Por ejemplo, empuñando un arma para que entregue en contra de su voluntad aquello que le queremos sustraer. No es necesario empuñar un arma para intimidar a alguien, basta con una actitud amenazante.

No es necesario que la amenaza sea real, basta con que la víctima lo crea así para que se considere intimidación.

También se considera violencia la utilización de un narcótico o un gas para adormecer a la víctima y robarle.

También es un delito de robo con violencia agredir a las personas que vienen a socorrer a la víctima o utilizar la violencia para huir.

Tipo agravado de robo

Un tipo agravado de robo se considera utilizar un butrón para acceder al interior del local o de la vivienda o romper las lunas de un establecimiento, lo que popularmente se llama «alunizaje».

También se considera un agravante robar en una casa habitada, incluso aunque los propietarios no estuvieran en ese momento dentro de la vivienda. No es un agravante robar en una vivienda si ésta se encuentra deshabitada. No se considera una casa deshabitada la que se ocupa estacionalmente (por ejemplo, los fines de semana o los meses de verano).

También se considera un agravante robar en un establecimiento abierto al público, especialmente en las horas en que esté abierto.

Se considera un agravante robos de especial gravedad, ya sea por la forma de cometer el delito o por la gravedad de los daños.

Se considera un agravante robar lo siguiente:

¿Cómo se castiga el delito de robo?

El delito de robo con fuerza está castigado con una pena de 1 a 3 años de prisión.

De otra parte, el tipo agravado de robo con fuerza está castigado con una pena de 2 a 5 años de prisión.

En cuanto al delito de robo con violencia, está castigado con pena de cárcel de 2 a 5 años.

Asimismo, el tipo agravado de robo con violencia está penado con pena de cárcel de 3 años y 6 meses a 5 años.

El uso de armas u objetos contundentes o peligrosos (cadenas, piedras, bates de béisbol, etc.) en un robo se considera un agravante y está castigado con una pena de cárcel de 3 años y medio a 5 años. Si el arma es simulada, su utilización no sería un agravante, ya que el exhibirla se considera intimidación. Si el arma, aunque sea real, u objeto contundente no se exhibe, o se exhibe una vez cometido el delito, no se considera un agravante.

Si el hecho del robo reviste una especial gravedad, bien sea por la forma de cometer el delito o por la gravedad de los daños causados, el delito de robo se castiga con una pena de prisión de 2 a 6 años. En este caso, el delito lo juzga la Audiencia Nacional, ya que la pena máxima supera los 5 años.

Si la violencia ejercida es muy poca, por ejemplo, en un tirón, el juez puede rebajar la entidad del delito a un delito privilegiado de robo, que se castiga con una pena de prisión de 1 a 2 años.

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