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Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

El Juzgado de lo Mercantil de Vitoria ha anulado una cláusula suelo de un contrato hipotecario firmado por un vecino de Murgia (Álava) con Caja Extremadura (en la actualidad, Liberbank) y ha obligado a la entidad a devolver al cliente un total de 16.983,37 euros.

El contrato de préstamo con garantía hipotecaria establecía una cláusula suelo de 4,45%, con techo del 12%, que el juez ha declarado "abusiva". Según la sentencia el cliente suscribió un préstamo con garantía hipotecaria para compra de viviendas en Extremadura, con interés variable del Euríbor más 0,65%. El cliente lo denunció por "desproporcionado" al considerar que no había sido suficientemente informado sobre la introducción de esa cláusula general.

La resolución judicial afirma que la aplicación de la cláusula suelo ha supuesto que el cliente tuviera que pagar, hasta el mes de junio de 2012, un total de 16.983,37 euros, cantidad que reclamó a la caja mediante la denuncia del carácter abusivo de la cláusula suelo y en aplicación de la Ley de Condiciones Generales de Contratación y la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.

La sentencia asegura que, "atendiendo a que el límite mínimo del tipo de interés se fija en el 4,25% y que el límite máximo se establece en un 12%, resulta evidente que esto produce un desequilibrio entre las prestaciones a cargo de cada una de las partes".Además, indica que "mientras que la cláusula de suelo se ha activado en numerosas ocasiones durante la vida del préstamo, no así la cláusula techo, quedando la misma muy lejos del máximo alcanzado por el índice de referencia, el Euríbor, el 5,5%".

La sentencia insiste en la falta de reciprocidad del contrato y declara "la obvia mala fe que preside la actuación" de la caja demandada "que resulta de la predisposición e imposición de un instrumento de cobertura de riesgo irreal, no cabe sino calificar de abusiva, y por lo tanto nula de pleno derecho, la condición general objeto de impugnación".

La resolución del Juzgado de lo Mercantil estima la demanda, declara la nulidad de la cláusula suelo y condena al banco a abonar los intereses cobrados indebidamente por su aplicación, el interés legal de esa cantidad y las "costas del procedimiento".

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