La sentencia de Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada ha declarado nula la cláusula suelo de un préstamo hipotecario contraído con Banco Popular y obliga a la devolución de cantidades
desde el 9 de mayo de 2013 como consecuencia de su aplicación.
La falta de transparencia de la cláusula suelo del 5% aplicada en el préstamo hipotecario fue la consecuencia de su nulidad. Por lo tanto,y aplicando la última sentencia del Tribunal Supremo, la entidad financiera tendrá que devolver aproximadamente unos 14.000 €, cantidades cobradas de más desde el 9 de mayo de 2013 y sus intereses.
Hay que recordar que no sólo se se recuperan las cantidades cobradas de más.Su cuota se verá reducida considerablemente y el capital amortizado será mayor.Por lo tanto, el dinero que se debe a su identidad financiera será reducido más rápidamente.
Además, Banco Popular ha sido condenada en costas. El afectado recuperará los costos que le ha producido acudir al juzgado.