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Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

La sentencia de Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada ha declarado nula la cláusula suelo de un préstamo hipotecario contraído con Banco Popular y obliga a la devolución

 de cantidadesdesde el 9 de mayo de 2013 como consecuencia de su aplicación.

 

La falta de transparencia de la cláusula suelo del 4% aplicada en el préstamo hipotecario fue la consecuencia de su nulidad. Por lo tanto,y aplicando la última sentencia del Tribunal Supremo, la entidad financiera tendrá que devolver las cantidades cobradas de más desde el 9 de mayo de 2013 y sus intereses.

Hay que recordar que no sólo se se recuperan las cantidades cobradas de más.Su cuota se verá reducida considerablemente y  el capital amortizado será mayor.Por lo tanto, el dinero que se debe a su identidad financiera será reducido más rápidamente.

Banco Popular es también condenada a correr con las costas. El afectado recuperará el dinero invertido en la demanda.

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