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Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

Empezó el curso escolar, y muchos padres están preocupados de cómo será la adaptación de sus hijos a este nuevo curso

. Lamentablemente, la preocupación de que sus hijos sean víctimas de acoso escolar y/o ciberacoso ha aumentado considerablemente. Este incremento se debe principalmente a que el número de victimas aumenta cada año considerablemente.

¿ QUÉ ES EL ACOSO ESCOLAR ?

El acoso escolar (o bullying) consiste en hacer daño a un compañero o compañera de forma intencionada y repetida, utilizando cualquiera de las siguientes formas de agresión:

  • Verbales: Poner motes, tomar el pelo, amenazar, hacer burlas, hablar mal de otros, insultar, despreciar, provocar, amedrentar.
  • Físicas: Golpear, empujar, dar una patada a otro, arrojar cosas, quitar, romper o esconder las pertenencias de alguien, hacer muecas o gestos de desprecio.
  • Sociales: Excluir a alguien, difundir rumores, aislar, ignorar, humillar, extorsionar.
  • Sexuales: Molestar, hacer tocamientos sin consentimiento, hacer burlas del cuerpo,la intimidad o la orientación sexual de otro.

¿ QUÉ ES EL CIBERACOSO ?

El ciberacoso (o cyberbullying) es un tipo de acoso a algún compañero o compañera a través de medios tecnológicos, utilizando cualquiera de las siguientes formas de agresión:

  • Mensajes desagradables o dañinos.
  • Llamadas acosadoras al móvil.
  • Envío de fotos hechas con el móvil y utilizadas para amenazar.
  • E-mails acosadores.
  • Acoso a través de chat.
  • Mensajes dañinos a través de Whatsapp, Twitter u otra red social.
  • Hablar mal de alguien o colgar en internet información personal.
El incremento del uso diario de estas nuevas tecnologías, por parte de menores, hace que sean la principal causa del aumento de acoso escolar

¿ QUÉ DICE NUESTRA LEGISLACIÓN ?

Actualmente, no existe una Ley que regule de manera específica e integral las diversas formas de violencia que pueden ser ejercidas contra la infancia, como el acoso escolar o el ciberacoso, si bien algunos aspectos son abordados en los diferentes instrumentos normativos :

  • La Constitución Española en sus declaraciones como derechos fundamentales el derecho a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al honor, a la intimidad personal, familiar, al secreto de las comunicaciones, a la tutela judicial efectiva y a la educación.
  • La Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor.
  • Las distintas leyes de protección que cada Comunidad Autónoma haya dictado, ya que la protección a la infancia es una competencia autonómica.
  • En el ámbito educativo, la Ley Orgánica de Educación 2 /200615 reconoce el importante papel de la escuela en la prevención y lucha contra el acoso escolar.
  • Dependiendo de la intensidad o gravedad del acoso puede hacer que las conductas sean constitutivas de delito tipificado en el Código Penal. Destacamos los delitos contra la libertad ( amenazas, coacciones, torturas, integridad moral, etc…), la intimidad (imagen, inviolabilidad del domicilio, descubrimiento ,revelación de secretos, etc…), el honor, la calumnia, la injuria, falsedades, abusos, agresiones sexuales a menores de trece años, homicidio, etc…
  • Si el agresor o agresora es mayor de 14 años, son de aplicación las normas de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor16

¿ QUÉ TIPOS DE ACOSO ESCOLAR EXISTEN ?

Aunque es muy difícil poder diferenciarlos y agruparlos, un estudio ha agrupado en 8 categorías los diferentes tipos de acoso escolar:

  1. Bloqueo social (29,3%): Busca el aislamiento social y su marginación.
  2. Hostigamiento (20,9%): Pretende acosar psicológicamente atacando la dignidad del afectado.
  3. Manipulación (19,9%): Se enfoca en distorsionar la imagen social del niño y poner a otros contra él.
  4. Coacciones (17,4%): Intenta que la víctima realice acciones contra su voluntad.
  5. Exclusión social (16,0%): Busca excluir de cualquier participación al niño acosado.
  6. Intimidación (14,2%): Persigue amilanar, amedrentar, apocar o consumir emocionalmente al niño.
  7. Agresiones (12,8%):
  8. Amenazas (9,3%): Pretenden amilanar mediante las amenazas contra la integridad física del niño o de su familia, o mediante la extorsión.

¿ QUÉ PODEMOS HACER ANTE UN ACOSO ESCOLAR O CIBERACOSO ?

Es necesario resaltar lo importancia que tiene la prevención e identificación de esto actos, pero lamentablemente solemos centraremos en este apartado cuando ya han ocurrido. Aunque tanto la victima, los padres, los profesores y centros tienen cada uno un protocolo de actuación, nos centraremos en este caso especialmente en el de los padres.

  • El primer paso es establecer una buena comunicación y confianza con su hijo. Su hijo tiene que sentirse lo más cómodo posible para contarle con todo detalle lo bueno y lo malo que está viviendo. Deben anotarse todos los acosos que está recibiendo y, si es posible, recoger y conservar cualquier tipo de prueba.
  • Su hijo debe escuchar un compromiso por parte de los padres a resolver el problema y que él no es el culpable de esta situación.
  • Escúchale sin interrupciones, deja que desahogue su dolor.
  • No le induzca a que se muestre agresivo o tome venganza, posiblemente empeore gravemente la situación.
  • Mantén la calma y no demuestres toda tu preocupación. Demuestra determinación y positivismo.
  • Dependiendo del grado de ansiedad y miedo en el que esté envuelto su hijo, sería conveniente ponerlo en manos de un psicólogo para ayudarle a que supere este trauma. Pero jamás te olvides que la mejor ayuda, en esos casos, es la de la familia.
  • Contacte urgentemente con el profesor de su hijo, dirección del colegio y jefe de estudios para alertarlos sobre lo que está ocurriendo, y exija que inmediatamente se investiguen y resuelvan los hechos. Se deben aplicar medidas urgentes de protección a la víctima. Lamentablemente, en muchas ocasiones, el propio colegio no cuenta con ningún tipo de protocolo ni experiencia de intervención en estos casos, se ve desbordado y le resta importancia al problema ya que sus docentes no están preparados para hacerle frente a este tipo de situaciones. Debe quedar constancia de esta comunicación mediante un burofax, registro de entrada, email, etc..
  • Si el acoso continúa, prepárese para ponerse en contacto con un abogado que le ayude a tramitar los procesos de denuncia ante las instancias judiciales correspondientes

TORRESCOLLADOS ABOGADOS quiere resaltar que la protección de la víctima debe ser el primer objetivo. La edad de la víctima hace que sea extremadamente inmadura para afrontar este tipo de problemas, y por ello, las consecuencias y reacciones no son previsibles en determinados casos.

El tiempo de reacción ante el acoso escolar o ciberacoso es un factor vital y determinante para que el daño producido sea el menor posible y sus secuelas puedan eliminarse rápidamente.

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