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Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

Las demandas por la eliminación de la cláusula suelo y devolución de las cantidades indebidamente cobradas de más por las entidades financieras pasarán a ser competencia a partir de octubre de los juzgados de primera instancia

(civiles) y dejarán la jurisdicción mercantil.

Este cambio incluido en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), permitirá hacer más rápida la tramitación y resolución de estas demandas, al tener los juzgados de primera instancia un tiempo de espera mucho menor que los mercantiles. Esta demora, que ahora y dependiendo de la ciudad o provincia, puede ser de uno a tres años, podrá reducirse a seis u ocho meses como máximo, que es el plazo en el que se señalan las vistas en los juzgados de primera instancia.

Solo será competencia de la jurisdicción mercantil la tramitación de las demandas colectivas por cláusulas suelo, que son las menos frecuentes. Todas las reclamaciones individuales pasarán a partir de octubre a ser competencia de por los civiles.

Por lo tanto, se trata de una buena noticia para los particulares que tengan intención de demandar a sus bancos por cobrarles indebidamente las cláusulas suelo porque tendrán una respuesta más rápida por parte de la Justicia.

Por otra parte, beneficiará a los juzgados mercantiles a los que aliviará, en parte, de la enorme carga de trabajo que soportan prácticamente desde su creación.

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