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Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

La sentencia de Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla ha declarado nula la cláusula suelo de un préstamo hipotecario contraído con Banco Popular y obliga a la devolución de cantidades

desde el 9 de mayo de 2013 como consecuencia de su aplicación.

 

La falta de transparencia de la cláusula suelo del 4,5 % aplicada en el préstamo hipotecario fue la consecuencia de su nulidad. Por lo tanto,y aplicando la última sentencia del Tribunal Supremo, la entidad financiera tendrá que recalcular las cantidades cobradas de más desde el 9 de mayo de 2013 y sus intereses.

El préstamo esta una subrogación sin modificación. El juez no considera si las subrogaciones han sufrido modificación puesto que la entidad financiera tiene la obligación de informar al hipotecado. Ya son varias Audiencias Provinciales que piensan de igual forma

Ahora , su cuota mensual sufrirá un descuento muy importanteel capital amortizado será mayor. Por otro lado, Banco Popular es castigada con correr con las costas..

 

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