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Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

La intención de este comunicado es aclarar los términos de la tan reciente sentencia 139/2015 del Tribunal Supremo, de 25 de marzo de 2015

. Utilizaremos un lenguaje directo, claro y comprensible para que puede ser entendido por todos los afectados.

Esta sentencia que tantas dudas está suscitando, y que a nuestro parecer, se está mal entendiendo como consecuencia de la confusa o errónea difusión que están llevando a cabo algunos medios de comunicación, de los que esperamos no estén influidos por entidades financieras que se anuncian en sus medios, no ha de desanimar a los afectados por cláusula suelo y ello, porque:

  • Esta sentencia junto a la de 9 de mayo de 2013 y la de 16 julio de 2014 fijan DOCTRINA. ¿ Qué quiere decir esto?. Que ya no puede haber duda alguna, en ningún juzgado español, que toda cláusula suelo impuesta por un banco o caja de ahorros que no haya sido transparente, es decir, debidamente informada, ha de ser declarada abusiva y, por tanto, NULA.
  • Con esta última sentencia, por primera vez, se reconoce por el Tribunal Supremo la DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES, si bien, desde 9 de mayo de 2013. En TORRESCOLLADOS ABOGADOS seguimos convencidos que debe aplicarse el artículo 1.303 del Código Civil, y por lo tanto, devolver todas las cantidades cobradas de más desde la fecha en la que fue aplicada la cláusula suelo.

¿La devolución desde 9 de mayo de 2013 es un mala noticia?. Nosotros creemos que depende de la provincia de donde sea el afectado. Por la siguientes razones, así:

  • Si la Audiencia Provincial no restituía cantidad alguna, ahora deberá al menos hacerlo desde 9 de mayo de 2013.
  •  Si la Audiencia Provincial sólo restituía desde la interposición de la demanda, todos los que la hayan interpuesto con posterioridad al 9 de mayo de 2013, podrán recuperar más dinero.
  •  Si la Audiencia Provincial restituía todas las cantidades, es decir, desde la primera vez que fue aplicada la cláusula suelo, ahora podría verse reducida esta cantidad al devolverse desde el 9 de mayo de 2013. Pero, si antes de esta sentencia, el Tribunal Supremo se pronunció sobre la no retroactividad, y muchas Audiencias Provinciales sí estaban devolviendo cantidades, ¿Por qué no van a seguir devolviendo desde la aplicación, ahora que el Tribunal Supremo sí contempla la retroactividad?.

Si usted está pensando en demandar a su entidad financiera, y no está seguro de que la devolución de cantidades desde el 9 de mayo de 2013 vaya a cubrir los gastos del procedimiento judicial, TORRESCOLLADOS ABOGADOS le aconseja que tenga en cuenta lo siguiente. A fecha de hoy, han transcurrido desde el 9 de mayo de 2013 aproximadamente 24 cuotas mensuales con aplicación de la cláusula suelo, debido al bajo valor del Euribor. Si además, tenemos en cuenta que la duración del procedimiento actualmente es, aproximadamente, de 2 años y, el valor del Euribor se estima que seguirá en valores bajos, haría un total de 48 mensualidades con aplicación de clausula suelo. Si las cuotas mensuales sin cláusula suelo están siendo reducidas, como media, entre 150 € y 200 €, podría recuperar por estos 48 meses entre 7.200 € y 9.000 €.  Si a esto le añadimos que ya no hay que pagar tasas judiciales, hace que la decisión de demandar sea rentable.

TORRESCOLLADOS ABOGADOS le aconseja que no firme ninguna propuesta del banco, ya que si el banco se interesa en reducirle e incluso eliminarle su clausula suelo es porque su cláusula reúne los parámetros de falta de transparencia, y por tanto, como dice la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de marzo de 2015 ésta es nula y conlleva la devolución de cantidades desde 9 de mayo de 2013 ( como mínimo).

Sabemos que muchos afectados están indignados por no aplicar el Tribunal Supremo la retroactividad desde el inicio, pero esto no debe desanimar a nadie. Hay que luchar por lo que es justo, y la eliminación de la cláusula suelo lo es.

Esperamos haber dejado al afectado con las ideas más claras sobre esta sentencia. Si tuviera alguna pregunta, no dude en contactar con nuestro especialista en el 625.582.238. Le atenderemos sin compromiso ni costo alguno.

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