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Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

La sección 9ª de la Audiencia Provincial de Valencia estima el recurso presentado por un afectado de Cláusula Suelo contra Banco Popular.

Anteriormente, el Juzgado de lo Mercantil nº1 de Valencia dictó sentencia en la que declaraba la nulidad de la cláusula suelo ( 4,5 %) pero NO a la devolución de la cantidad. El afectado no contento con que no hubiera devolución de cantidades interpuso un recurso de apelación, y que ahora ha resuelto la Audiencia Provincial de Valencia.

Ahora, la sección 9ª de  Audiencia Provincial de Valencia aplica el artículo 1.303 del Código Civil que implica la restitución de las cosas que hubiesen sido objeto del contrato evitando el enriquecimiento injusto. Por lo tanto, el Banco Popular deberá devolver al afectado alrededor de 13.000 € y reducir la cuota mensual en unos 250 € ( unos 3.000 €/año).

TORRESCOLLADOS ABOGADOS celebra que esta Audiencia Provincial corrija la sentencia en primera instancia y se ponga de parte de lo que es justo, ELIMINAR LA CLÁUSULA SUELO Y DEVOLVER LAS CANTIDADES COBRADAS DE MÁS.

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