Pasar al contenido principal
Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

La sentencia de Juzgado de lo Mercantil nº4 y de Primera Instancia nº 4 de Jaén ha declarado nula la cláusula suelo de un préstamo hipotecario contraído con Banco Popular, a la devolución de todas las cantidades como consecuencia de su aplicación y correr con las costas

.

La cláusula suelo incorporada en el prestamos hipotecario en el 2006 era del 3,5 % .La falta de transparencia de la cláusula suelo causa que ésta sea nula, y como consecuencia, la entidad financiera tendrá que devolver 9.818 € más las cantidades posteriores a la interposición de la demanda ( diciembre 2013) e intereses legales.

El afectado verá como sus gastos originados por demandar, serán abonados por la entidad financiera.

 

 

Categorías