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Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

La semana pasada ya anunciamos que el Juzgado de Primera Instancia Número 4 anuló la cláusula suelo

de un crédito hipotecario suscrita en mayo de 2011 con un particular por parte del Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria por considerarla perjudicial para las expectativas del consumidor.

Pues ahora, se ha vuelto a repetir la misma escena, pero en el Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Palencia ha anulado íntegramente una cláusula suelo de una escritura pública de préstamo hipotecario suscrito en junio de 2006 con la entidad Banco Caja España de Inversiones Salamanca y Soria SAU, al apelar al hecho de que va en contra de los intereses del consumidor.

El contrato hipotecario establece una cláusula suelo del 3,5 % y una cláusula techo del 12,5%.


El magistrado ha expresado que “el hecho de que circunstancialmente la cláusula haya resultado beneficiosa para el consumidor durante un periodo de tiempo no la convierte en transparente ni hace desaparecer el desequilibrio en contra de los intereses del consumidor, ya que la cláusula tiene por finalidad exclusiva proteger los intereses de la prestamista frente a las bajadas del índice de referencia”.

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