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Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado hoy, 27 de febrero, la ilegalidad del 'céntimo sanitario' ( impuesto que se ejerció sobre los carburante) y permite solicitar la devolución de las cantidades cobradas de más

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¿QUÉ ES EL 'CÉNTIMO SANITARIO'?

Es un impuesto sobre los carburantes que aplicaron algunas comunidades autónomas desde el 1 enero del 2002 hasta el 31 de diciembre del 2012 para financiar la sanidad o con fines medioambientales ( cerca de 13.000 millones de euros) . EL TJUE considera que su finalidad ha sido más bien recaudatoria.

¿QUÉ COMUNIDADES AUTÓNOMAS LO APLICARON?

Las comunidades que lo aplicaron fueron 13: Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia, Valencia, Cataluña, Baleares, Navarra, Madrid, Asturias y Galicia.

Solo tres comunidades autónomas, Euskadi, La Rioja y Aragón, decidieron no aplicar este gravamen. Canarias tampoco lo aplica, si bien esta comunidad se rige por un régimen fiscal de insularidad específico.

¿ACTUALMENTE SE APLICA EN ALGUNA COMUNIDAD AUTÓNOMA? ¿POR QUÉ SE SUPRIMIÓ?

No, desde el 1 de enero de 2013 y con el objetivo de corregir las deficiencias investigadas por el TUE, fue corregido y quedó integrado en el Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH) que sí cumple con la legislación comunitaria, por ser un impuesto general en forma de tramo específico y no una tasa independiente.

¿TODAS LAS COMUNIDADES APLICARON EL MISMO GRAVAMEN?

NO. Osciló a lo largo del tiempo y dependiendo de la comunidad autónoma, entre 1,2 y 4,8 céntimos de euros por litro de carburante.

Este gravamen alcanzó su valor máximo de 4,8 céntimos por litro tanto para gasolina como gasóleo en nueve comunidades autónomas, que fueron Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia, Valencia, Cataluña y Baleares.

En Navarra se situó en 2,4 céntimos por litro, frente a los 1,7 céntimos de Madrid, mientras que en Asturias fue de 4,8 céntimos para la gasolina y de 4 céntimos para el gasóleo. En Galicia osciló entre 2,4 céntimos para la gasolina y 1,2 céntimos para el gasóleo.

¿POR QUÉ EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA CREE QUE ES ILEGAL?

Porque no cumple el principal requisito exigido a un gravamen de este tipo: perseguir una finalidad específica.

Según los jueces, para que se cumpla esto, lo obtenido con el impuesto debería haberse utilizado para reducir los costes sociales y medioambientales vinculados específicamente al consumo de los hidrocarburos.

¿POR QUÉ LA JUSTICIA EUROPEA HA INVESTIGADO ESTE IMPUESTO?

Porque una empresa de transporte establecida en Cataluña, Transportes Jordi Besora, acudió a los tribunales para que se le devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que pidió a la justicia europea que se pronunciara.

¿CÓMO AFECTA EL FALLO A ESPAÑA?

El gobierno español tendrá que devolver el dinero recaudados ilegalmente entre 2002 y 2011. Pero sólo se podrán solicitar las cantidades cobradas de más durante los periodos comprendidos entre 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2012. Anterior al 1 de enero del 2010 no es posible, ya que han prescrito. Pasado el 31 de diciembre, quedaron integrados en el IEH ( Impuesto Especial de Hicrocarburos) que si cumple la legislación comunitaria.

¿SE VA A DEVOLVER EL DINERO A LOS QUE ECHARON GASOLINA ESOS AÑOS?

SI, pero solo a los que interpongan la solicitud de devolución de ingresos indebidos. Queremos recordar, y de conformidad con lo declarado por el Tribunal Supremo , que el importe a reclamar será el importe del impuesto pagados más los intereses.

¿ QUIENES PODRÁN RECLAMAR EL DINERO COBRADO DE MÁS?

La sentencia abre las puertas, a la solicitud de la devolución, a profesionales y particulares, tanto en demandas individuales como colectivas.

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