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Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

La sentencia fechada el pasado 5 de septiembre , del Juzgado de Primera Instancia de Collado Villalba (Madrid) suspende la ejecución hipotecaria de una vivienda por impago de una hipoteca “a la vista de las numerosas cláusulas abusivas” existentes en el contrato hipotecario.

La sentencia viene a disponer que “Establecer el IRPH como índice en sustitución del Euribor resulta más perjudicial para el prestatario, lo que da lugar a declarar dicho índice como abusivo

Lo novedoso de la sentencia es que un juez considera, por primera vez, el carácter abusivo del IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) un índice utilizado como referencia alternativa al Euribor en miles de hipotecas en España. Aunque no hay estadísticas oficiales, se calcula que el IRPH está presente en un 10% del volumen total de los préstamos destinados a la compra de una vivienda. Se calcula que hay cerca de un millón de contratos de los 7 millones de hipotecas vivas existentes.

Además del IRPH, el juez ha detectado otra serie de cláusulas abusivas dentro del contrato hipotecario como la existencia de una cláusulas suelo del 5,50% o un interés de demora del 20%. Un interés que el Gobierno ha limitado a 2,5 veces el precio legal del dinero (4%). Precisamente, respecto a estas dos cláusulas, el juez se apoya en la Sentencia del Tribunal Supremo que que anulaba estas cláusulas en caso de falta de transparencia y claridad en su comercialización.

Asimismo, la sentencia declara también abusivas la obligación del prestatario de pedir permiso a la caja para arrendar o ceder la finca hipotecada o el vencimiento anticipado unilateral por parte de la caja por el impago de una sola cuota.

Aunque el IRPH ha sido durante toda su historia dos o tres puntos más alto que el Euribor, y aplicado por entidades a clientes despistados o sin información y que no sabían nada de hipotecas, hasta ahora, nunca se había incluido al IRPH entre una de las cláusulas abusivas.

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