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Actualidad TORRESCOLLADOS ABOGADOS

El Gobierno andaluz ha aprobado esta semana el anteproyecto de ley para la protección de los derechos de los consumidores en la contratación hipotecaria, que establece sanciones a las entidades bancarias en caso de cláusulas abusivas y también a los notarios que no adviertan de ellas

. La Junta de Andalucía confía en que esta normativa quede definitivamente aprobada por el Parlamento autonómico no más tarde del 28 de febrero (el Día de Andalucía) del 2014.

La futura ley pretende proteger los derechos de los firmantes de hipotecas y de quienes tienen dificultad para afrontar el pago, además de garantizar la transparencia en la información que ofrecen los bancos, que pueden ser sancionados con hasta 600.000 euros, sobre la concesión de préstamos hipotecarios.

Incluye posibles sanciones a los notarios y registradores de la propiedad en caso de que el usuario denuncie que no se le advirtió de "excesos" en las cláusulas durante la tramitación de la escritura pública.

Esta nueva norma modifica y endurece el actual régimen sancionador recogido en la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, pues incrementa las cuantías vigentes en torno a un 30 por ciento. Las muy graves podrán alcanzar hasta los 600.000 euros y el quíntuplo del valor de los beneficios ilícitos obtenidos o de los perjuicios causados por la infracción, y las cantidades recaudadas se destinarían al fomento de políticas públicas relacionadas con la protección de los derechos de los consumidores y usuarios.

 

La ley andaluza amplía la información previa al contrato y la personalizada, para lo que se crean dos documentos adicionales a los exigidos por la normativa estatal: el de Información Precontractual Complementaria y el de Información Personalizada Complementaria.

Estos nuevos documentos recogerán una tabla de oscilaciones de los tipos de interés, y los datos de relevancia precontractual deberán estar disponibles para el consumidor en la web o en las oficinas de la entidad financiera, sin que sea preciso solicitarlos.

La entidad deberá conservar toda la documentación relativa a la concesión del crédito durante la vigencia del contrato y cuatro años más. Si no se formaliza el préstamo, estará obligada a conservar todo el expediente también durante cuatro años,

Respecto a la publicidad, el anteproyecto recoge la obligación de facilitar información básica en caso de que se indique un tipo de interés, así como de advertir de la existencia de cláusulas suelo y techo, del riesgo de perder la vivienda en caso de incumplimientos y de si la garantía alcanza al resto de bienes del consumidor.

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